martes, 16 de diciembre de 2008

Hola, soy Edu. Feliz Navidad

Seguro que recuerdan el anuncio. Aunque data de hace unos años, se convirtió en la muletilla que más sonó en las navidades de hace algo más de una década. Esa época en la que el teléfono móvil casi era comparable al “zapatofono” con el que el Mortadelo de mi infancia se comunicaba con sus jefes de la “T.I.A” en un anticipo clarividente del futuro que nos esperaba. En aquel entonces, Edu, un niño de unos seis o siete años, y muy salado por cierto, felicitaba a sus conocidos las fiestas navideñas mediante el móvil. Imagínense el coste de la cortesía navideña. Obviamente quien corriese con el mismo era lo de menos.

Algo así debían tener en mente en la compañía Telefónica porque hace unos días se ha conocido que la Agencia de Protección de datos había multado a la empresa suministradora del servicio por hacer contratos a menores de edad y, más aún, por incluir, por las deudas generadas y no pagadas, a estos en el ASNEF, que por si no lo saben es el listado de morosos con el que trabaja la banca y entidades financieras. Mal asunto este y todo por mirar por el bien de sus clientes y ofrecer ventajosas condiciones a los usuarios. ¡Hay que ser desagradecido!

Obviamente todo procede de un pequeño fallito en el procedimiento, nada del otro mundo. Es seguro que los comerciales de Telefónica, al ofrecer a quien atiende el teléfono mejoras de índole económica que redundaran en una ventajosa relación para ambas partes, le otorgan carta de propietario y mayor de edad. No puede ser de otro modo ¿Verdad? Y con esta premisa ofrecer un cambio de modalidad tampoco es algo fuera de lo común. El tema se complica algo más cuando quien usa el móvil es un menor y tiene limitadas algunas capacidades. Jurídicas se entiende.

Todo aquel que utilice un teléfono móvil conoce el acoso de los mensajes promocionales y de los ofrecimientos de mejores tarifas por parte de de los operadores de telefonía. En puridad, si se tiene también un teléfono fijo en el domicilio, también se reciben multitud de llamadas con el mismo aire. En mi caso concreto, los lunes atiendo a unos, los martes a otros y así paso la semana. Bueno sería, ya de paso, que el gobierno, parece que esa intención tiene, tomase cartas en el asunto y nos liberase de tan pesada carga. Sufridor o no de tan penoso acoso, cualquier menor de edad puede tener un móvil, no importa la modalidad, si el contrato o la tarjeta se la facilitan sus padres, que serán los titulares de la línea. Lo que no es posible, a tenor de nuestra legislación, es que un menor de edad acuerde un contrato valido ni con particulares, ni con empresas y mucho menos que sus datos personales circulen en modo alguno.

El Código Civil vigente, y casi el sentido común, dice que para formalizar un contrato se precisan dos requisitos mínimos a saber; tener capacidad jurídica y capacidad de obrar. La capacidad jurídica se adquiere, dicen, mediante la mayor edad y, salvo excepciones, la capacidad de obrar se presupone. Esto lo conoce hasta el alumno más bisoño de cualquier facultad de derecho y se comprueba, y se hace constar en el contrato las más de las veces, antes de la firma o la adhesión. No valen excusas respecto de no ver, físicamente, a la persona con quien se esta contratando y mucho menos, si se trata de un menor. Hay que asegurarse y arbitrar mecanismos, tampoco debe ser muy complicado, para que todo se formalice adecuadamente. La banca por Internet lo hace si es que sirve el ejemplo. No todo va a ser la inmediatez y los beneficios.

Y por lo que a la multa se refiere; ¡Ah! Se siente.

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